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La Ley de IA ya está en vigor: el calendario que conviene tener en la pared
Desde el 1 de agosto, el Reglamento europeo de IA es ley. Pero sus obligaciones llegan por fases hasta 2027. Este es el calendario resumido y lo que toca hacer antes de cada fecha.

El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Ley de IA, se publicó en el Diario Oficial de la UE el 12 de julio y entró en vigor el 1 de agosto. Desde entonces se repite una pregunta comprensible: «si está en vigor, ¿qué tengo que cumplir ya?».
La respuesta es que, de momento, casi nada. Pero el reloj ha empezado a correr, y el artículo 113 fija un calendario escalonado que conviene conocer.
Las cuatro fechas
- 2 de febrero de 2025. Se aplican las disposiciones generales y las prácticas prohibidas. También la obligación de alfabetización en IA del artículo 4: proveedores y responsables del despliegue deben adoptar medidas para garantizar un nivel suficiente de alfabetización en IA de su personal.
- 2 de agosto de 2025. Entran las normas para modelos de IA de uso general, la gobernanza (Oficina de IA y autoridades nacionales) y el régimen sancionador.
- 2 de agosto de 2026. Aplicación general: la mayoría de obligaciones para sistemas de alto riesgo y las de transparencia.
- 2 de agosto de 2027. Sistemas de alto riesgo que son componentes de seguridad de productos ya regulados (maquinaria, productos sanitarios, juguetes…).
Las multas máximas llegan hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial en el caso de prácticas prohibidas.
La fecha que se está pasando por alto
De todas, la que más me preocupa es la primera, porque afecta a casi todas las organizaciones y casi nadie la está mirando. La obligación de alfabetización no distingue tamaño ni sector: si tu equipo usa IA en su trabajo, tienes que poder demostrar que sabe hacerlo con un mínimo de criterio.
No se trata de convertir a todo el mundo en ingeniero. Se trata de que quien usa un asistente sepa qué datos no debe introducir, que el sistema puede inventar respuestas con total seguridad y cuándo debe revisar el resultado una persona.
Una hoja de ruta sencilla
- Antes de que acabe 2024: inventario de usos de IA y una política de uso de una o dos páginas.
- Primer trimestre de 2025: formación práctica, adaptada a cada área, y registro de quién la ha recibido.
- Durante 2025: identificar si algún uso cae en alto riesgo (especialmente en recursos humanos) y hablar con los proveedores sobre su documentación.
- Antes de agosto de 2026: revisar transparencia en chatbots y contenidos generados, y cerrar lo pendiente en alto riesgo.
España, además, tiene ya su autoridad de supervisión, la AESIA, con sede en A Coruña. Conviene seguir sus guías, que irán aterrizando la norma.
La Ley es extensa y su lectura impone. Pero dividida en fechas y tareas, es perfectamente abordable. Lo que no funciona es dejarlo todo para julio de 2026.
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